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El Estatuto del Becario regulará la actividad de formación en las empresas a partir de octubre. Se limita el número de becarios total al 20% de la plantilla

Este jueves día 15 de junio de 2023, ha visto la luz el Estatuto del Becario que ha sido elaborado por el Gobierno, a través de la ministra de Trabajo. Tras un año de negociación, el acuerdo cuenta con el respaldo de los principales sindicatos, pero no de la patronal.

El Estatuto recoge una definición de las prácticas para evitar fraudes, la compensación de gastos o el establecimiento de un régimen sancionador disuasorio. Igualmente, fija topes de personas en prácticas que pueden albergar las empresas de forma simultánea en función del tamaño de las plantillas.

El Estatuto del Becario será aprobado en Consejo de Ministros como real decreto-ley. Posteriormente, tendrá que ser convalidado en el Congreso de los Diputados y, debido al adelanto electoral y a la consiguiente disolución de las Cortes, el trámite tendrá que realizarse en la Diputación Permanente.

NOVEDADES LABORALES DEL ESTATUTO DEL BECARIO

Así cabe destacar los siguientes puntos del Estatuto del Becario:

  • Deberá existir un convenio con la universidad o con el centro de formación en el que se detallen las tareas asignadas al becario.
  • Cada empresa podrá tener como mínimo dos becarios en plantilla, pero se limita el número máximo de personas becarias al 20% del total de los trabajadores de la empresa
  • Las empresas deberán asignar un tutor que coordine la actividad formativa del estudiante en la empresa. Cada tutor podrá tener hasta cinco personas como máximo en prácticas. En el caso de las empresas con 30 trabajadores, el tutor solo podrá coordinar la labor formativa de tres becarios como máximo.
  • Las empresas también estarán obligadas a cubrir las dietas, los desplazamientos laborales y su manutención si no existe otra remuneración o beca que cubra los gastos del becario.
  • Los becarios no podrán trabajar ni a turnos ni en horario nocturno salvo casos excepcionales que lo requiera la actividad formativa.
  • A partir del próximo 1 de octubre de 2023 los becarios tendrán derecho a cotizar y será compatible con las prestaciones por desempleo.
  • El estatuto también recoge los descansos obligatorios durante la jornada laboral, los días festivos y las vacaciones.

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