Igualdad

De obligado cumplimiento para todas aquellas empresas con más de cien personas trabajadoras a partir del 7 de marzo de 2021, y con más de cincuenta y hasta cien a partir del 7 de marzo de 2022.

En el Sector Público existe la prohibición de contratar con empresas que no cumplan con la obligación de contar con el Plan de Igualdad.

Para ello, se hace necesario realizar una auditoría retributiva como paso previo a la negociación de un plan de igualdad a los efectos del cumplimiento de la igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

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Velamos por los intereses de su empresa. Contribuimos a su seguridad jurídica a la vez que procuramos que nuestra intervención mejore sus resultados y optimice sus recursos

El registro retributivo es esencial para la valoración de los puestos de trabajo. La Inspección de Trabajo puede solicitar en cualquier momento a las empresas la presentación de este registro de salarios.

En una fase inicial de diagnóstico, nos cercioramos de las necesidades de la organización empresarial y de aquellas áreas que más atención requieren en el área de retribución, condiciones de trabajo, conciliación, formación, promoción, clasificación profesional y contratación. Con todo ello, se elabora un plan de acción para eliminar las posibles discriminaciones detectadas.

Los planes de igualdad han de estar negociados con la Representación Legal de los Trabajadores y Trabajadoras o, en su defecto, por Delegados/as de Personal o las Secciones Sindicales. No se puede imponer un plan o documento a los/as trabajadores/as sin haber constituido previamente una comisión negociadora al respecto.

Por último, el Plan de Igualdad es objeto de registro ante la autoridad laboral competente, a través de la plataforma REGCON, en la que se aglutinan los registros de todas las Comunidades Autónomas.

Hemos intervenido en la elaboración de planes de igualdad y auditorías laborales con éxito en todas y cada una de nuestras actuaciones. En el sector público, incluso, con resultados judiciales satisfactorios en cuanto a la calificación de trabajadores/as como indefinidos no fijos de plantilla.

JURADO LEX LABORAL:

Somos una firma especializada en el asesoramiento y defensa letrada de las materias que competen al ámbito laboral

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